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sábado, 25 de noviembre de 2017

El Consejo de Pastoral Parroquial de Ntra. Sra. de Guadalupe tiene nueva secretaria


El Consejo de Pastoral Parroquial y de Economía de Ntra. Sra. de Guadalupe en Toscal-Longuera de Los Realejos, eligió en la tarde del viernes 24 de noviembre de 2017, a la que será su nueva secretaria a partir de este momento, Miriam del Coro Parroquial. 

Ella sustituye a María del Carmen, de la Hermandad Sacramental de Ntra. Sra. de Guadalupe,  que ha asumido este rol desde el 27 de septiembre de 2013 hasta la actualidad siendo relevada en el cargo como secretaria accidental en dos ocasiones por Mercerdes.

El Consejo de Pastoral Parroquial y de Economía nace como tal el 29 de septiembre de 2009 con nuestro actual cura- párroco Gabriel. Existen tres libros de actas totalmente finalizados con sus firmas y sellos correspondientes y que se conservan en el Centro de Atención al Feligrés Pablo VI de esta Comunidad Parroquial. 

Han actuado como secretarios a lo largo de esta nueva etapa pastoral: 

* David ( 29 de septiembre de 2009 al 15 de junio de 2011).
* Fátima (27 de octubre de 2011 al 13 de septiembre de 2013).
* María del Carmen ( 27 de septiembre de 2013 al 24 de noviembre de 2017). 
* Secretaria accidental: Mercedes en las sesiones de septiembre y noviembre 2017. 
* Miriam. 

A todas y cada una de estas personas nuestro párroco les agradece su entrega y colaboración. 

¿Quieres saber lo que es un Consejo de Pastoral Parroquial?

Un consejo parroquial de pastoral (CPP) es un organismo importante y querido por la Iglesia a favor de la vida parroquial pues es la mejor forma de participación de los fieles en la parroquia, en comunión con el párroco

Esta novedad institucional muy recomendada por el Concilio Vaticano II (Christus Dominus 27, y Presbiterorum Ordinis, 7) está regulada básicamente en el derecho canónico en los cc. 511-514.

Naturaleza
“Si es oportuno, a juicio del obispo diocesano, oído el consejo presbiteral, se constituirá en cada parroquia un consejo pastoral, que preside el párroco y en el cual los fieles, junto con aquellos que participan por su oficio en la cura pastoral de la parroquia, presten su colaboración para el fomento de la actividad pastoral” (cfr Can. 536, 1).


Este organismo parroquial no se puede confundir con una Junta Parroquial o con el consejo económico.
Características del consejo parroquial de pastoral

1.- Consultivo: Consulta quiere decir diálogo sincero y profundo para dar luz en los diferentes asuntos de cara a su posterior ejecución. Y  aunque el CPP tiene voto meramente consultivo (cfr can 536, 2) el párroco está en la obligación de escucharlo para elaborar e implementar la programación pastoral de la parroquia. Al párroco le corresponde tomar las decisiones después de haber escuchado el parecer del CPP.
2.- Representativo: Todos los movimientos, grupos apostólicos, miembros de los diferentes sectores de la sociedad estarán representados en el consejo. El consejo es como el espejo de la parroquia.
3.- Permanente: es decir, goza de cierta estabilidad aunque los miembros deben renovarse periódicamente.
Formación del CPP


Antes de nombrar el CPP conviene que el párroco lleve a cabo una campaña de concienciación y preparación en toda su comunidad parroquial.
El párroco nombra y convoca a quienes por su competencia, prestigio y conocimientos (cfr can 212,3) pueden formar parte del CPP. El párroco determina la cantidad de personas que integran el CPP, los justos.
Es aconsejable que el párroco nombre miembros del CPP a los responsables de los diferentes grupos apostólicos, a los coordinadores de las diferentes acciones pastorales.
Y si el párroco lo estima conveniente y donde las circunstancias lo permitan, una parte de los miembros del CPP puede ser elegida por los fieles que estén integrados en la comunidad parroquial.
Organización del CPP

El párroco es el pastor propio de la parroquia y por lo tanto, responsable de la pastoral parroquial; en razón de esto, él es el presidente del CPP.


Una vez se conocen los miembros del CPP, el párroco procede a convocarlos y en la primera reunión se organizan por iniciativa del párroco o, si él así lo determina, por elección de los integrantes para escoger moderador y secretario.
La agenda para cada reunión del CPP la determina el párroco. Lo ideal es que estos cargos de moderador y de secretario tengan una duración mínima de entre tres años y máxima de cinco.
El moderador es el encargado de elaborar, de acuerdo con el párroco, la agenda de cada reunión y promueve y coordina la participación responsable de los integrantes.


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