Templo Parroquial de Ntra. Sra. del Rosario de Fátima en Güímar- Tenerife.
"Aspirad a las cosas de arriba, no a las de la tierra" .
(Colosenses 3, 2).
Acción Pastoral "Parroquias con Corazón".
Para la parroquia, como para toda la comunidad cristiana, es un deber celebrar con sagrado recuerdo, a lo largo del año litúrgico, todo el misterio de Cristo, desde la Encarnación y la Navidad hasta la Ascensión, Pentecostés y la expectativa de la dichosa esperanza y venida del Señor, incluyendo también la especial veneración a la Santísima Virgen María y el recuerdo de los santos.
Son los "tiempos sagrados", que giran alrededor de dos ejes: el de los días de fiesta y los días de penitencia, con sus respectivas obligaciones.
SC 102- 104.
Es exclusivamente la autoridad suprema de la Iglesia quien puede establecer, trasladar o suprimir los días de fiesta y los días de penitencia comunes para toda la Iglesia. El Obispo diocesano, dentro de su jurisdicción, puede señalar especiales días de fiesta o de penitencia, pero sólo a modo de acto, nunca de manera estable y definitiva.
C. 1244.
El párroco tiene la obligación de recordar a los fieles esta disciplina porque al conmemorar así los misterios de la redención, la Iglesia abre la riqueza de las virtudes y de los méritos de su Señor, de modo que se los hace presentes en cierto modo, durante todo tiempo, a los fieles para que los alcancen y se llenen de la gracia de la salvación.
Cat. 1163.
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