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sábado, 9 de enero de 2021

"Parroquias con Corazón". La dedicación o bendición


Imagen de Ntra. Sra. de Guadalupe, titular de la iglesia parroquial homónima en Toscal-Longuera. Los Realejos. 


 "Aspirad a las cosas de arriba, no a las de la tierra" .

 (Colosenses 3, 2).


Acción Pastoral "Parroquias con Corazón".


Aunque la celebración de la Eucaristía es el rito máximo y el único necesario para dedicar una iglesia, no obstante, concluida la construcción en la forma debida, la nueva iglesia debe dedicarse, o al menos bendecirse cuanto antes, según la normativa litúrgica. Y esto porque la iglesia se construye como edificio destinado de manera fija y exclusiva a reunir al Pueblo de Dios y a celebrar los sagrados misterios. 
CIC 1217; IGMR 290; RDIA 2 y 15. 

Cada iglesia ha de tener su propio titular, el cual no puede ser cambiado una vez realizada la dedicación. El titular será uno solo, a no ser que se trate de santos que aparecen unidos en el calendario litúrgico. 
CIC 1218; RDIA 4. 
Es competencia del Obispo diocesano dedicar las nuevas iglesias construidas en su diócesis. Se elegirá el día en que sea posible una gran asistencia de fieles, sobre todo el domingo, salvo los días de Semana Santa, Navidad, Epifanía, Ascensión, Pentecostés, Miércoles de Ceniza y Conmemoración de los fieles difuntos. 


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