Templo Parroquial de Ntra. Sra. del Rosario de Fátima en Güímar- Tenerife.
"Aspirad a las cosas de arriba, no a las de la tierra" .
(Colosenses 3, 2).
Acción Pastoral "Parroquias con Corazón".
La primera obligación es la de PARTICIPAR EN LA CELEBRACIÓN DE LA MISA. Están obligados a oír Misa entera -es decir, sin omitir ninguna parte- los días de precepto todos los bautizados que han cumplido los 7 años y tienen uso de razón. "los que deliberadamente faltan a esta obligación cometen pecado grave". Cat 2181. Salvo lo que tengan alguna enfermedad, esté al cuidado de personas a su cargo como mayores o enfermos, etc.
La segunda obligación es la del DESCANSO FESTIVO. La celebración de la fiesta implica también abstenerse de aquellos trabajos y actividades que impidan dar culto a Dios, gozar de la alegría propia del día del Señor, la práctica de las obras de misericordia o disfrutar del debido descanso de la mente y del cuerpo.
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