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jueves, 21 de enero de 2021

"Parroquias con Corazón". El culto de los santos, imágenes y reliquias

 

"Aspirad a las cosas de arriba, no a las de la tierra" .

 (Colosenses 3, 2).




Acción Pastoral "Parroquia con Corazón".


Con el fin de promover la santificación del pueblo de Dios, la Iglesia recomienda a la peculiar y filial veneración de los fieles la Santísima Virgen María, Madre de Dios, y promueve el culto verdadero y auténtico de los demás santos, ejemplo para los fieles, a quienes protegen con su intercesión (C. 1186; SC 103- 104; LG 53 y 66). 
Según una antiquísima tradición de la Iglesia, sus imágenes se han de exponer en las iglesias a la veneración de los fieles, después de haberlas bendecido convenientemente. (RB 1091-1141). 
Las imágenes se han de disponer de tal modo que los fieles sean conducidos a los misterios de la fe que se celebra, evitando que su número aumente de manera indiscriminada -de ordinario no tiene que haber más de una imagen del mismo santo-, cuidando que su colocación no distraiga la atención de la celebración y siempre que sean piezas bellas y dignas, que muevan a la piedad; lo contrario podría provocar extrañeza en el pueblo cristiano o fomentar una devoción desviada. (1188; SC 125; IGMR 318). 




A través de la catequesis y en otros momentos de transmisión de la doctrina se debe enseñar a los fieles lo que significa la veneración de los santos y cuál ha de ser nuestra relación con ellos, entendida a la luz de la fe. El auténtico culto a los santo no consiste tanto en la multiplicidad de los actos exteriores cuanto en la intensidad de un amor práctico, que se traduce en un compromiso de vida cristiana. A esta catequesis habrá que unir la preparación especial de la liturgia en el día de la fiesta, donde se promueva la participación de todos los fieles. (DPP 212 y 234). 





Algunas tradiciones gozan de mucha popularidad, como la coronación de la Virgen, con la que se profesa la fe en su condición de Reina, "ya que es Madre del Hijo de Dios y Rey mesiánico"; colaboradora del Redentor; perfecta discípula de Cristo; miembro supereminente de la Iglesia. Le corresponde al Obispo diocesano juzgar sobre la oportunidad de coronar una imagen y será él mismo quien lo haga según el ritual establecido. 
Cuando tengan que ser reparadas imágenes expuestas a la veneración de los fieles en iglesia u oratorios, preciosas por su antigüedad, por su valor artístico o por el culto que se les tributa, nunca se procederá a su restauración sin licencia del Ordinario del lugar y dada por escrito; 


Está terminantemente prohibido vender reliquias sagradas. Las reliquias insignes así como aquellas otras que gozan de gran veneración del pueblo, no pueden en modo alguno enajenarse válidamente o trasladarse a perpetuidad sin licencia de la Sede Apostólica. Esto vale también para aquellas imágenes que en una iglesia gozan de gran veneración por parte del pueblo. (C. 1190). 


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