Se acabaron los funerales hasta nueva orden. Las nuevas medidas que entraron este lunes en vigor, y que complementan las tomadas hace dos semanas por el Gobierno, establecen que "la celebración de cultos religiosos o ceremonias civiles fúnebres se pospondrán hasta la finalización del Estado de alarma", según ha confirmado la Conferencia Episcopal. La norma atañe no sólo a la Iglesia católica, sino al resto de confesiones religiosas, y también a los ritos civiles.
Del mismo modo, el nuevo Decreto señala que en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de tres familiares o allegados, además, en su caso, del ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
"En todo caso, se deberá respetar siempre la distancia de uno a dos metros entre ellos", apunta el texto, que complementa las medidas excepcionales tomadas por el Gobierno de España el 14 de marzo y que, en el caso de los cultos religioso, establecía en su artículo 11 que la asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, un metro".
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